Las familias con determinados ingresos, los pensionistas con prestaciones mínimas y otros colectivos protegidos pueden acceder a estas ayudas. El bono térmico se concede sin una solicitud independiente.
Pagar menos por la electricidad es posible para muchos hogares de Madrid que cumplen los requisitos del bono social. Durante 2026, esta ayuda mantiene descuentos del 42,5% para consumidores vulnerables y del 57,5% para vulnerables severos, según el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. Además, quienes tengan reconocida la bonificación eléctrica en la fecha establecida pueden acceder al bono social térmico, una prestación anual para afrontar gastos de calefacción, agua caliente y cocina.
Quién puede solicitar el bono social eléctrico en Madrid y qué ingresos se exigen
El bono social eléctrico está dirigido a personas que viven en su vivienda habitual y cumplen determinados requisitos económicos o familiares. Según el Ministerio para la Transición Ecológica, una persona que vive sola puede acceder por el criterio general de renta si sus ingresos anuales no superan los 12.600 euros. Para una unidad de convivencia formada por dos adultos y un menor, el límite aumenta a 19.320 euros. Cuando hay dos adultos y dos menores, alcanza los 23.520 euros. En los supuestos generales de vulnerabilidad severa, los límites económicos se reducen a la mitad. Existen incrementos de los umbrales para determinadas circunstancias especiales.
Sin embargo, los ingresos no son la única vía de acceso. También pueden ser beneficiarias las familias con título de familia numerosa vigente, sin límite de renta para el reconocimiento ordinario de consumidor vulnerable. Los perceptores del ingreso mínimo vital y determinados pensionistas que cobran pensiones mínimas de jubilación o incapacidad permanente también pueden cumplir los requisitos. En el caso de estos últimos, existen condiciones adicionales sobre otros ingresos.
Las familias monoparentales, las personas con discapacidad igual o superior al 33% y determinados colectivos protegidos pueden beneficiarse de umbrales económicos ampliados, aunque estas circunstancias no conceden automáticamente el descuento.
El descuento del bono social exige tener contratada la tarifa regulada PVPC
Uno de los requisitos que más dudas genera es el tipo de contrato eléctrico. Para solicitar el bono social, hay que tener contratada la tarifa regulada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), en la vivienda habitual y con una potencia contratada igual o inferior a 10 kilovatios. Además, quien solicita la ayuda debe ser titular del contrato. Por eso, aunque una familia tenga ingresos reducidos, no podrá recibir el descuento mientras mantenga una tarifa del mercado libre. Si reúne los requisitos, puede cambiar a una comercializadora de referencia para contratar el PVPC sin penalización por ese cambio en las condiciones legalmente previstas.
La rebaja se aplica al término de potencia y al de energía, aunque este último tiene un límite de consumo con derecho a descuento. Por ejemplo, el máximo anual es de 1.587 kWh para una persona sola y de 4.761 kWh para las familias numerosas. El consumo que supere el límite correspondiente se factura al precio regulado, pero sin bonificación.
Por tanto, tener reconocido el 57,5% no significa que el importe total del recibo, incluidos impuestos y otros conceptos, disminuya exactamente en ese porcentaje. La ayuda tiene una duración general de dos años y contempla la renovación automática cuando se siguen cumpliendo las condiciones, con las excepciones legalmente previstas.
Cómo pedir el bono social eléctrico y qué documentos necesitas
La solicitud se presenta directamente ante una comercializadora de referencia, no ante el Ayuntamiento ni la Comunidad de Madrid. Entre estas compañías se encuentran Energía XXI, Curenergía, Comercializadora Regulada de Naturgy, Baser y Régsiti. El trámite puede realizarse por los canales habilitados por cada empresa, incluidos correo electrónico, teléfono u oficinas cuando estén disponibles. Es necesario entregar el formulario correspondiente y autorizar las comprobaciones exigidas. Una vez recibida la solicitud completa, la comercializadora dispone de 10 días hábiles para comunicar el resultado. Si deniega la ayuda, debe explicar las razones de su decisión.
La documentación habitual incluye el DNI o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia cuando corresponda, el certificado de empadronamiento vigente y los documentos del Registro Civil que acrediten la composición familiar. Las familias numerosas deben presentar su título oficial y las circunstancias especiales requieren sus correspondientes acreditaciones, siguiendo el procedimiento establecido.
Antes de presentar la solicitud, puede resultar útil conocer las diferencias entre certificados de empadronamiento, ya que el bono social exige acreditar la residencia mediante la documentación adecuada. Si faltan documentos o existen discrepancias, la comercializadora puede pedir que se subsanen.
El bono social térmico se concede automáticamente y Madrid gestiona el pago
El bono social térmico funciona de manera diferente al eléctrico. No se solicita mediante un formulario independiente, puesto que se concede a quienes eran beneficiarios del bono social eléctrico el 31 de diciembre del año anterior. Así, para determinar los beneficiarios del ejercicio 2026, se toma como referencia el 31 de diciembre de 2025.
El Gobierno ha elevado en 2026 a 50 euros la ayuda mínima legal por beneficiario, aunque la cuantía concreta depende de la zona climática del domicilio y del grado de vulnerabilidad. Se trata de una transferencia económica anual, no de un descuento aplicado directamente en la factura del gas o de la calefacción. Si una persona obtiene ahora el bono eléctrico y lo mantiene a 31 de diciembre de 2026, podrá entrar en el procedimiento del bono térmico correspondiente a 2027.
En la Comunidad de Madrid, la Administración autonómica tramita y paga esta prestación financiada por el Estado. Como referencia, el Gobierno regional anunció el 19 de diciembre de 2025 una dotación inicial de 39,4 millones de euros para 181.673 beneficiarios del bono térmico de 2025, cuyo abono se realizaría durante 2026. Es importante distinguir el año de la ayuda del año de pago. Para cobrarla, los datos bancarios deben ser correctos y la persona beneficiaria debe ser titular de la cuenta. La Comunidad mantiene abierto el trámite para comunicar datos bancarios, identificado como A690, que permite actualizar la cuenta sin solicitar nuevamente la prestación.
Para incidencias dispone del teléfono 900 101 768 y del correo bono_social_termico@madrid.org. Los beneficiarios también pueden consultar las notificaciones digitales del bono térmico para conocer los canales de comunicación habilitados.