La Comunidad de Madrid mantiene abierto el plazo para solicitar dos subvenciones destinadas a recuperar los negocios y compensar las cuotas de la Seguridad Social. Pueden acumularse si se cumplen los requisitos.
Los autónomos que sufrieron las consecuencias de los incendios forestales de la Sierra Oeste tienen hasta el martes 10 de noviembre de 2026 para solicitar las ayudas económicas de la Comunidad de Madrid. Las subvenciones pueden alcanzar los 6.798 euros por beneficiario y están dirigidas a profesionales que hayan visto perjudicada su actividad.
Cuánto dinero pueden recibir los autónomos afectados por los incendios
El programa cuenta con una dotación de 8 millones de euros y contempla dos modalidades de ayuda. La primera ofrece 5.000 euros para facilitar la recuperación de la actividad económica, sufragar los trabajos necesarios para volver a abrir el negocio o compensar los perjuicios ocasionados por su paralización.
La segunda consiste en una subvención para las cotizaciones a la Seguridad Social. Los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pueden recibir 1.798 euros, mientras que los incorporados a una mutualidad alternativa tienen derecho a solicitar 1.389 euros. Ambas cantidades equivalen a seis mensualidades de la cuota mínima correspondiente.
Las dos modalidades pueden solicitarse conjuntamente. Así, un autónomo del RETA que cumpla todas las condiciones podría percibir 6.798 euros, frente a los 6.389 euros de un mutualista. Para acceder a los 5.000 euros destinados a recuperar la actividad, se exige haber sufrido perjuicios estimados de, al menos, esa cantidad. Este mínimo no se exige específicamente para la ayuda de cotización, aunque también debe existir una afectación por los incendios.
Los 17 municipios de la Sierra Oeste incluidos en las ayudas
Las subvenciones están dirigidas a trabajadores por cuenta propia que tengan su domicilio fiscal o desarrollen su actividad en alguna de las 17 localidades contempladas en las bases reguladoras. El listado incluye Aldea del Fresno, Cadalso de los Vidrios, Cenicientos, Colmenar del Arroyo, Chapinería, Fresnedillas de la Oliva, Navalagamella, Navas del Rey y Pelayos de la Presa.
También están incluidos Robledo de Chavela, Rozas de Puerto Real, San Martín de Valdeiglesias, Santa María de la Alameda, Valdemaqueda, Villa del Prado y Zarzalejo. En el caso de El Escorial, únicamente se contempla la pedanía de Peralejo, según el anexo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
No es imprescindible que el establecimiento haya quedado destruido por las llamas. También pueden considerarse las interrupciones de actividad, restricciones de acceso y otras consecuencias económicas relacionadas con el incendio o las medidas de protección civil, siempre que se cumplan las condiciones de la modalidad solicitada.
Qué requisitos y documentación necesitan los autónomos para solicitar las ayudas
Para acceder a estas ayudas, el profesional debe haber iniciado su actividad antes del 23 de julio de 2026, fecha que toma como referencia la convocatoria. Además, tiene que encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar afectado por ninguna de las prohibiciones legales para recibir subvenciones.
Entre los documentos exigidos destaca el certificado tributario de situación censal de la Agencia Tributaria, que debe acreditar el domicilio fiscal o el lugar donde se desarrolla la actividad. Las bases establecen una antigüedad máxima de un mes para este certificado. También se puede exigir la acreditación de la representación, si otra persona realiza el trámite, o el certificado de incorporación a una mutualidad profesional.
Cuando se solicitan los 5.000 euros para recuperar el negocio, debe incorporarse una declaración responsable sobre los daños, perjuicios o interrupciones sufridas y su valoración económica. La subvención es de cuantía fija, por lo que no exige justificar inicialmente gastos concretos por ese importe, aunque la Administración puede solicitar pruebas y efectuar comprobaciones posteriores.
La Comunidad de Madrid puede consultar directamente determinados documentos, como la vida laboral o los certificados de la Seguridad Social, salvo oposición del interesado. También es necesario declarar otras ayudas recibidas, respetar los límites de las subvenciones de minimis y facilitar una cuenta bancaria válida que coincida con los datos registrados para el pago.
Cómo solicitar las ayudas antes del 10 de noviembre y qué ocurre después
Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por internet, a través del procedimiento A1036 de la Administración Digital de la Comunidad de Madrid. Para realizar el trámite es necesario contar con un sistema de identificación y firma electrónica admitido por la Administración autonómica.
Una vez dentro, el interesado debe completar el formulario, seleccionar las modalidades correspondientes, adjuntar los documentos necesarios y registrar la petición. El procedimiento es gratuito. Si falta algún requisito o documento, la Administración concederá un plazo de diez días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas.
Las subvenciones se conceden directamente a quienes cumplan las condiciones, atendiendo a la tramitación de sus solicitudes y hasta agotar el presupuesto disponible. El plazo máximo de resolución es de seis meses y el silencio administrativo tiene efecto desestimatorio. La sede electrónica ya recoge varias resoluciones favorables, incluida una publicada el 30 de octubre.
Aunque las primeras informaciones sobre la convocatoria situaban el cierre el 8 de noviembre, la fecha que figura actualmente en la sede oficial es el 10 de noviembre de 2026. Conviene tenerlo presente, especialmente para quienes todavía estén reuniendo la documentación necesaria.
Esta línea de subvenciones es diferente de las ayudas al alquiler para las familias afectadas por los incendios de la Sierra Oeste, que tienen su propio procedimiento y plazo.
Para resolver dudas, los interesados pueden escribir a la Subdirección General de Autónomos mediante el correo ayudas.so.autonomos@madrid.org. La fecha límite aparece confirmada en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya ficha se actualizó el 30 de octubre.
