La Comunidad de Madrid amplía Mi Primera Vivienda hasta los 50 años con hipotecas del 90%, 95% o 100%

Fecha de publicación: 4 de septiembre de 2026 a las 15:31
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Comunidad de Madrid presenta medidas de vivienda tras ampliar Mi Primera Vivienda hasta los 50 años

La financiación máxima dependerá de la edad del comprador y podrá alcanzar el 100% si se cumplen unos determinados requisitos.

¿Tienes pensado comprar un piso en Madrid, pero no consigues ahorrar lo suficiente para la entrada? El problema de acceso a la vivienda es uno de los que más preocupan a la sociedad española. Por este motivo, la comunidad madrileña amplía la edad de acceso a Mi Primera Vivienda hasta los 50 años, porque el problema ya alcanza a personas que han superado ampliamente la etapa tradicionalmente considerada «joven».

Por otra parte, la nueva regulación introduce otros cambios relevantes: eleva también hasta 425.000 euros el precio máximo de los inmuebles y establece distintos porcentajes de financiación según la edad. Para ello, el Gobierno regional destinará a la iniciativa otros 25 millones de euros en 2026.

La Orden que regula estas condiciones se publicó el 6 de agosto y entró en vigor el día 7, aunque los nuevos fondos se distribuirán cuando se formalicen los convenios con las entidades financieras.

La hipoteca podrá cubrir entre el 90% y el 100% según la edad

Uno de los cambios más significativos afecta al dinero que tendrá que aportar inicialmente el comprador. La Orden de 27 de julio de 2026 permite que la financiación supere el 80% habitual y establece tres niveles sobre el menor importe entre la tasación y el precio de compraventa:

  • Hasta 40 años: financiación de hasta el 100%.
  • De 41 a 45 años: hasta el 95%.
  • De 46 a 50 años: hasta el 90%.

Las familias numerosas, monoparentales y las familias con hijos menores a su cargo pueden alcanzar hasta el 100% sin límite de edad. Además, el precio máximo admitido pasa de 390.000 a 425.000 euros, sin incluir impuestos y otros gastos derivados de la compra. El cambio adquiere especial relevancia en un mercado donde la vivienda usada en Madrid ha registrado fuertes incrementos durante el último año.

La normativa no establece un límite máximo general de ingresos para acceder al programa. Sí exige que el comprador tenga solvencia y recursos suficientes para afrontar el préstamo. La concesión de la hipoteca dependerá de la política de riesgos de cada banco, por lo que cumplir los requisitos administrativos no garantiza automáticamente obtener la financiación.

Estos son los requisitos para entrar en Mi Primera Vivienda

La vivienda deberá ser la primera que se compra en propiedad y estar situada en la Comunidad de Madrid. Los solicitantes tendrán que acreditar además dos años de residencia legal continuada e ininterrumpida en la región y destinar el inmueble a residencia habitual y permanente durante al menos cinco años. El programa forma parte de las medidas de vivienda de Madrid previstas para ampliar el acceso a la propiedad.

Como regla general, no se puede ser propietario de otra vivienda en España. La Orden contempla excepciones cuando solo se posee una participación igual o inferior al 50% recibida mediante herencia, legado o donación, y en determinados casos de separación o divorcio en los que no se conserva el uso de la vivienda familiar.

El programa ha trabajado hasta ahora con CaixaBank, Ibercaja, Banco Santander, Abanca, ING, Kutxabank, Unicaja Banco, Banco Sabadell y Eurocaja Rural. La Comunidad señala que los 25 millones aprobados para 2026 se repartirán entre las entidades que cumplan los requisitos cuando se firmen los nuevos convenios previstos para los próximos meses. Desde 2022, 8.309 madrileños se han beneficiado de Mi Primera Vivienda.

Por tanto, aunque la nueva Orden está en vigor desde el 7 de agosto de 2026, existe una diferencia importante entre la aprobación normativa y la operativa bancaria de los nuevos fondos. Las condiciones de los convenios anteriores continúan sujetas a la regulación previa, mientras se formalizan los correspondientes al nuevo programa.

La Orden de Mi Primera Vivienda en el BOCM recoge todos los requisitos y porcentajes de financiación.

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