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Inicio » Prestaciones » Octubre marcará el comienzo de mejores perspectivas en la pensión de jubilación para los empleados a tiempo parcial

Octubre marcará el comienzo de mejores perspectivas en la pensión de jubilación para los empleados a tiempo parcial

Es importante saber que cuanto más años acumulados para la pensión contributiva, mejor será la paga una vez nos retiremos de la vida laboral.

madridinforma Por madridinforma
21 de septiembre de 2023 a las 21:24
en Prestaciones
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En España, existen más de 2,5 millones de trabajadores que se encuentran como empleados a tiempo parcial. No obstante, tienen los mismos derechos de cara a la jubilación que los que están a jornada completa, cosa que, a partir de octubre, también se verá en las pensiones contributivas. Resumiendo, podemos indicar que desde la Seguridad Social, se contabilizará una hora cotizada como si fuera un día entero a la hora las futuras pensiones.

Cuanto tiempo es necesario cotizar para recibir el 100% de la pensión

No obstante, cuando hablamos de una pensión de jubilación contributiva es necesario tener cotizados 15 años como mínimo para acceder a esta. Anteriormente, aquellas personas a jornada parcial necesitaban 30 años en vez de 15. Actualmente, todas las personas que coticen por solo media jornada computarán de la misma forma que si hubieran cotizado una jornada completa. Ahora bien, si se quiere obtener el 100% de la pensión se requiere haber cotizado 37 años y 9 meses y a más años acumulados, mejor será la paga una vez nos retiremos de la vida laboral.

Este cambio para las pensiones de jubilación afectará mayormente a las mujeres

A partir del 1 de octubre de 2023, se modifica la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 247 para establecer que “se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos”. La misma ayudará en mayor medida a las mujeres (por temas de conciliación familiar y por brecha de género). 

Dicho cambio, además, afectará también a las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia (viudedad), incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor. Estos cambios se dieron gracias al Tribunal Europeo, y que al poco tiempo ratificó el Constitucional, declarando inconstitucional, nulo y discriminatorio el cómputo de los periodos de cotización de la Seguridad Social para la pensión de jubilación.

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Etiqueta PrestacionesSeguridad Social

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