El Ayuntamiento amplía las posibilidades de construir alquiler protegido en distintos tipos de suelo. La cifra anunciada no equivale a viviendas terminadas ni a una convocatoria abierta.
Encontrar un piso de alquiler a un precio asequible en Madrid sigue siendo complicado, pero hay novedades que pueden interesar a quienes buscan vivienda. El Ayuntamiento ha dado un paso para facilitar la construcción de más de 18.400 viviendas protegidas, gracias a los planes urbanísticos aprobados el pasado 8 de octubre. La noticia abre nuevas expectativas para miles de familias, aunque hay un detalle importante: estos pisos todavía no están disponibles y habrá que esperar para conocer cuándo podrán solicitarse.
Las zonas de Madrid donde ya existen proyectos de vivienda protegida
El Ayuntamiento ya había identificado actuaciones relacionadas con esta normativa en distintos puntos de la capital. En una comunicación del 23 de julio mencionó Valdebebas, Los Berrocales, el Ensanche de Vallecas, El Cañaveral y Los Ahijones. También figuraban la carretera de San Martín de la Vega, Valdemarín-Este y Norte Torre Arias. Son ámbitos con expedientes anteriores, no un reparto definitivo de las 18.400 viviendas anunciadas en octubre.
La última comunicación municipal también cita Arganzuela, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza, San Blas-Canillejas y Barajas. Sin embargo, hay una diferencia importante. Las más de 240 parcelas identificadas en estos ocho distritos pertenecen al segundo plan, destinado a permitir nuevos alojamientos turísticos y otros hospedajes en determinadas zonas industriales. No constituyen un listado de parcelas reservadas para las viviendas protegidas.
Cómo se construirán las más de 18.400 viviendas protegidas de Madrid
El cálculo municipal combina diferentes actuaciones. Durante los primeros 21 meses de aplicación de la Ley 3/2024 se tramitaron 5.806 viviendas. La ampliación introducida por la nueva normativa autonómica de vivienda permitiría incorporar más de 8.100 adicionales. De ellas, más de 4.900 se proyectan sobre suelo destinado a oficinas, más de 3.000 en terrenos dotacionales privados y más de 130 en parcelas calificadas para hospedaje. El Ayuntamiento calcula así unas 14.000 viviendas mediante los cambios de uso.
A esa cantidad se añaden más de 4.400 viviendas potenciales gracias al aumento permitido de hasta un 20% de edificabilidad y un 30% de densidad. Esta última medida afecta a parcelas destinadas a vivienda protegida colectiva, no a viviendas unifamiliares. Aunque el Ayuntamiento presenta su previsión vinculada al alquiler protegido, la Ley 2/2026 también contempla promociones destinadas a venta o uso propio dentro del mecanismo de aumento de edificabilidad. El régimen concreto dependerá de cada actuación.
Cuándo estarán disponibles las nuevas viviendas y qué plazos establece la ley
La Ley 2/2026 entró en vigor el 16 de junio de 2026 y contempla un periodo inicial de cuatro meses para la aplicación municipal de determinadas medidas. Después establece, con carácter general, otros dos años para solicitar las licencias correspondientes. Esto sitúa el horizonte de presentación de solicitudes urbanísticas en octubre de 2028. Las obras deberán ejecutarse en un máximo de tres años desde su inicio, aunque la normativa permite ampliaciones motivadas acordadas por el Gobierno regional.
Estos plazos no significan que todas las viviendas tengan que estar entregadas en 2028. Cada promoción necesita su correspondiente proyecto, tramitación, construcción y posterior adjudicación. Tampoco deben confundirse estas previsiones con las 309 viviendas municipales ya financiadas, distribuidas entre siete promociones concretas de EMVS Madrid. A diferencia de una estimación urbanística, esos proyectos cuentan con ubicaciones y financiación identificadas.
Quién podrá solicitar una vivienda protegida y qué requisitos deberá cumplir
El acuerdo del 8 de octubre no establece una convocatoria única para solicitar las 18.400 viviendas ni fija sus precios de alquiler. Para acceder a los pisos gestionados por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, el procedimiento habitual comienza con la inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda. Entre las condiciones generales figuran residir o trabajar en Madrid, no disponer de otra vivienda y acreditar ingresos que no superen 3,5 veces el IPREM, con la ponderación correspondiente. La adjudicación se realiza mediante sorteo y conforme a los grupos de demanda establecidos.
No obstante, el registro de EMVS no sirve automáticamente para todas las promociones que puedan desarrollarse mediante estos cambios urbanísticos. Las viviendas promovidas por otras entidades estarán sujetas a sus propios procedimientos de acceso y a las condiciones de protección correspondientes. Tampoco deben confundirse con las 670 viviendas protegidas licitadas por la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Para conocer las próximas oportunidades de alquiler será necesario seguir las convocatorias de cada organismo o promotor.
La regulación que permite estas actuaciones puede consultarse en la Ley 2/2026, de 11 de junio, publicada en el BOE.

