El plazo arranca este 9 de septiembre y termina el 8 de noviembre. Las dos modalidades pueden solicitarse conjuntamente y cuentan con 8 millones de euros.
Los trabajadors autónomos de la Sierra Oeste que sufrieron las consecuencias de los incendios de este verano ya pueden pedir hasta 6.798 euros en ayudas para recuperar su actividad. El plazo se abre este miércoles, 9 de septiembre, y estará disponible hasta el 8 de noviembre. La Comunidad de Madrid ha reservado 8 millones de euros para estas ayudas, que incluyen 5.000 euros para quienes hayan visto afectado su negocio y otros 1.798 euros destinados a las cuotas del RETA.
La ayuda puede alcanzar 6.798 euros si se solicitan las dos modalidades
La convocatoria establece cantidades fijas y permite solicitar una modalidad o las dos. Los autónomos incluidos en el RETA pueden recibir hasta 6.798 euros si cumplen los requisitos de ambas. En el caso de los profesionales adscritos a una mutualidad alternativa, el importe conjunto puede alcanzar 6.389 euros.
| Modalidad | Cuantía | Qué cubre |
|---|---|---|
| Recuperación de la actividad | 5.000 euros | Reanudación del negocio o perjuicios derivados de su paralización |
| Cuota de cotización RETA | 1.798 euros | Equivalente a seis mensualidades de la cuota mínima |
| Mutualistas alternativos | 1.389 euros | Ayuda equivalente prevista para quienes no cotizan en RETA |
Hay un detalle especialmente relevante en los 5.000 euros para recuperar la actividad. El autónomo debe haber sufrido daños o perjuicios estimados de al menos esa cantidad. Pueden ser directos o indirectos y también derivarse de interrupciones o restricciones vinculadas al incendio. La subvención se concede a tanto alzado y no exige justificar gastos concretos por 5.000 euros, aunque la Administración podrá comprobar posteriormente el cumplimiento de los requisitos.
Esta convocatoria no debe confundirse con las ayudas para equipos informáticos anunciadas anteriormente para los negocios afectados. Aquella línea está dirigida a recuperar equipos y servicios tecnológicos. La ayuda que abre ahora tiene un alcance diferente y puede compensar la recuperación o paralización de la actividad.
Quién puede pedir la ayuda y cómo presentar la solicitud
Pueden acceder los autónomos dados de alta en el RETA y los profesionales incorporados a una mutualidad alternativa. Deben tener el domicilio fiscal o desarrollar su actividad en la zona afectada. Además, la actividad tenía que haberse iniciado antes del 23 de julio de 2026. Los beneficiarios también deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y cumplir las condiciones generales para recibir subvenciones.
El BOCM delimita la ayuda a estos 17 municipios, con una precisión específica en el caso de El Escorial:
- Aldea del Fresno
- Cadalso de los Vidrios
- Cenicientos
- Colmenar del Arroyo
- Chapinería
- El Escorial, exclusivamente la pedanía de Peralejo
- Fresnedillas de la Oliva
- Navalagamella
- Navas del Rey
- Pelayos de la Presa
- Robledo de Chavela
- Rozas de Puerto Real
- San Martín de Valdeiglesias
- Santa María de la Alameda
- Valdemaqueda
- Villa del Prado
- Zarzalejo
Entre la documentación figura el certificado tributario de situación censal de la AEAT, con una antigüedad máxima de un mes. Debe acreditar el domicilio fiscal o el lugar donde se desarrolla la actividad. También se exige acreditar la condición de autónomo o mutualista y, cuando corresponda, la representación. Para los 5.000 euros habrá que presentar una declaración responsable sobre los daños o perjuicios sufridos.
La solicitud se presenta exclusivamente por internet mediante el trámite oficial de la Comunidad de Madrid y requiere un sistema de firma electrónica admitido. Las solicitudes se tramitarán según la fecha en la que estén completas. Si falta documentación, habrá 10 días hábiles para subsanar. La ayuda se concederá mientras exista crédito disponible.
Esta línea se suma a otras medidas puestas en marcha tras los incendios, como las ayudas al alquiler de la Sierra Oeste. La sede regional fija el 8 de noviembre de 2026 como fecha final para presentar la petición. El plazo máximo para resolver cada expediente será de seis meses.