Las personas con asistencia sanitaria a cargo del Servicio Madrileño de Salud pueden solicitar el reintegro en determinados casos. El trámite permanece abierto de forma permanente y no exige pagar tasas.
Pagar de más por un medicamento, tener que acudir a urgencias fuera de la sanidad pública o desplazarse fuera de Madrid para recibir un tratamiento puede generar gastos que, en determinados casos, se pueden recuperar. El Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) permite solicitar el reintegro de estas cantidades a los pacientes que cumplan los requisitos establecidos. El trámite permanece abierto durante todo el año, aunque existen plazos diferentes según el tipo de gasto.
Qué gastos de farmacia y asistencia sanitaria puede devolver el SERMAS
Uno de los supuestos afecta a pacientes que han pagado íntegramente medicamentos, productos sanitarios o dietéticos incluidos en la cartera común suplementaria del SNS. También puede solicitarse cuando se ha aplicado un porcentaje de aportación farmacéutica, conocido como código TSI, diferente al reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esto puede suceder, por ejemplo, al comprar medicamentos en otra comunidad autónoma o cuando el INSS ha modificado el porcentaje con efectos anteriores a su actualización en el sistema.
Este procedimiento se suma a otros mecanismos relacionados con la financiación de medicamentos. Los usuarios pueden consultar, por ejemplo, información sobre cómo saber si un medicamento está financiado. El reintegro del SERMAS también contempla gastos derivados de asistencia sanitaria urgente, inmediata y vital recibida fuera del SNS en España, siempre que se trate de una situación súbita que exigiera atención inmediata y no existiera posibilidad de acudir a los servicios públicos correspondientes.
Los desplazamientos médicos autorizados también pueden generar un reintegro
La tercera modalidad está relacionada con pacientes derivados para recibir asistencia hospitalaria programada. El SERMAS contempla gastos de transporte, alojamiento y manutención cuando existe una derivación médica autorizada hacia un hospital situado en otra comunidad autónoma o en determinados países europeos. La asistencia debe estar programada y autorizada previamente.
Para estos desplazamientos debe estar actualizado el documento público de derivación SIFCO o S2. Cuando sea necesario un acompañante, esta circunstancia debe constar expresamente, salvo en pacientes menores de 18 años o mayores de 65 años. Los justificantes de viaje deben identificar, entre otros datos, la fecha, el origen, el destino y al viajero. En los traslados realizados en vehículo particular se exige una declaración jurada con la matrícula y los días de desplazamiento.
Quién puede solicitar el dinero y qué documentos necesita
El procedimiento está dirigido a personas que tenían derecho a asistencia sanitaria a cargo del SERMAS cuando se produjo la atención o la dispensación. Entre los requisitos generales figura disponer de Tarjeta Sanitaria Individual de la Comunidad de Madrid o documento equivalente, identificación en vigor y una cuenta bancaria para recibir el reintegro. La factura y el justificante del pago también resultan esenciales.
La documentación cambia según el gasto reclamado. En farmacia puede ser necesario aportar el informe de tratamiento o la receta cuando la prescripción no conste en el sistema oficial madrileño. Para asistencia sanitaria se requieren los informes médicos correspondientes. La digitalización de servicios sanitarios madrileños también permite realizar cada vez más gestiones desde la Tarjeta Sanitaria Virtual, aunque la devolución objeto de este procedimiento debe tramitarse mediante la solicitud específica habilitada por la Comunidad de Madrid.
Hay hasta cinco años para algunos gastos, pero solo 12 meses para desplazamientos
Que el procedimiento figure como abierto permanentemente no significa que cada gasto pueda reclamarse sin límite temporal. Para los supuestos generales de farmacia y asistencia, la Comunidad de Madrid establece un plazo máximo de cinco años, contado desde el día siguiente a la atención. En los gastos derivados de desplazamientos, el plazo máximo baja a 12 meses desde el día siguiente al último desplazamiento.
La solicitud no exige el pago de tasas y puede iniciarse desde la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. Trámite oficial de reintegro de gastos sanitarios. Como referencia sobre el alcance de estas devoluciones, la memoria del SERMAS de 2023 recoge 666 expedientes tramitados entre reintegros de farmacia, asistencia sanitaria, desplazamientos y discrepancias en aportaciones farmacéuticas, por un importe conjunto de 251.305,90 euros.
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