El procedimiento es gratuito, aunque las nuevas solicitudes están temporalmente pausadas mientras se adapta al nuevo sistema de Formación Profesional.
Pasar años aprendiendo un oficio en el trabajo puede tener ahora un reconocimiento oficial, incluso sin haber estudiado una titulación relacionada. La Comunidad de Madrid permite acreditar las competencias adquiridas mediante la experiencia laboral o determinada formación no reglada. El Gobierno regional actualizó el 24 de septiembre de 2026 el alcance de este procedimiento: casi 20.000 personas han conseguido acreditar sus competencias profesionales durante los últimos cuatro años.
Quién puede acreditar su experiencia laboral en Madrid
El procedimiento está pensado para trabajadores que han aprendido una profesión trabajando, pero no disponen de una acreditación oficial de esas competencias. También pueden participar quienes hayan realizado formación no formal relacionada con la cualificación. Es necesario residir en Madrid o trabajar en un centro de trabajo ubicado en la región.
Los años y horas exigidos dependen del nivel de las competencias que se quieran reconocer. El Real Decreto 659/2023 fija los siguientes mínimos, que también recoge actualmente la Administración madrileña.
| Competencia que se quiere acreditar | Edad mínima | Experiencia laboral | Formación no formal |
|---|---|---|---|
| Nivel 1 | 18 años | 2 años y 1.000 horas en los últimos 15 años | 200 horas en los últimos 10 años |
| Niveles 2 y 3 | 20 años | 3 años y 2.000 horas en los últimos 15 años | 300 horas en los últimos 10 años |
Además, se exige nacionalidad española, ciudadanía comunitaria o una autorización de residencia válida en España. Algunas competencias profesionales pueden tener requisitos específicos adicionales. Los mayores de 25 años que cumplan las condiciones, pero no puedan documentarlas por las vías ordinarias, pueden solicitar una inscripción provisional aportando otras pruebas admitidas.
La región también ha promovido estos procesos mediante acuerdos con grandes empresas para facilitar el reconocimiento de competencias adquiridas por sus plantillas.
Qué obtiene realmente una persona que acredita lo que sabe hacer
Superar el procedimiento no significa recibir automáticamente un título completo de Formación Profesional. Lo que expide la Administración es una acreditación oficial de los estándares o unidades de competencia que la persona ha demostrado dominar. Esas acreditaciones quedan reconocidas dentro del Sistema de Formación Profesional.
Su utilidad puede ir más allá de añadir una acreditación al currículo. Si se reconocen todos los estándares asociados a un certificado profesional, se puede pedir su expedición. También pueden reconocerse módulos asociados para continuar un itinerario de FP cursando solamente la formación que falte. Esta vía complementa otras formas de solicitar un certificado profesional.
Cómo se acredita la experiencia y qué documentos hay que aportar
La persona interesada debe identificar primero las competencias relacionadas con su profesión y demostrar la experiencia o formación exigida. Para un trabajador asalariado, la normativa contempla documentos de la Seguridad Social y el contrato o certificado empresarial. Este último debe detallar la actividad desarrollada y el tiempo durante el que se realizó. Los autónomos tienen que justificar sus periodos de alta y describir su actividad.
Una vez admitida la solicitud, el procedimiento publicado por la Comunidad de Madrid tiene tres fases:
- Asesoramiento: especialistas revisan el historial laboral y formativo e identifican las competencias que pueden acreditarse.
- Evaluación: profesionales del sector comprueban si la persona domina las competencias solicitadas.
- Acreditación: la Comunidad expide el reconocimiento oficial de aquellas competencias que hayan quedado demostradas.
Entre la documentación que Madrid indica para el trámite figuran el currículum, certificados de empresa, contratos de trabajo y diplomas de formación no formal. También contempla documentación específica para autónomos, personas voluntarias y becarias. La Administración puede consultar determinados datos, como el informe de vida laboral, salvo oposición del solicitante.
Quienes necesiten orientación laboral pueden consultar además el portal de empleo regional, que reúne recursos sobre empleo, formación y acreditación de experiencia.
Las nuevas solicitudes están ahora temporalmente suspendidas
Hay una circunstancia importante para quien quiera iniciar el procedimiento ahora. Aunque la sede electrónica lo define como permanente y sin tasas, el formulario de solicitud no está disponible temporalmente. La Comunidad está actualizando el sistema para adaptarlo al nuevo modelo estatal de Formación Profesional.
La Administración señala que la admisión de nuevas solicitudes volverá a abrirse cuando termine esa implantación, pero actualmente no publica una fecha concreta de reapertura. Mientras tanto, el interesado puede consultar el catálogo de competencias y preparar la documentación acreditativa. Las oficinas de empleo, los centros de Formación Profesional, los puntos de atención y el servicio 012 figuran entre los canales oficiales de información.
La actualización conocida el 24 de septiembre permite dimensionar el uso del sistema. Casi 20.000 personas han obtenido acreditaciones de competencias en Madrid durante los últimos cuatro años. La consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Rocío Albert, difundió el dato durante la Feria del Empleo de Aranjuez.