El grado de dependencia reconocido mantiene su validez en toda España, aunque las prestaciones pueden revisarse. Madrid dispone de cinco días hábiles para comunicar el traslado al IMSERSO.
¿Estás cobrando una ayuda de dependencia en la Comunidad de Madrid y tienes pensado mudarte a otra comunidad autónoma? Si es así, hay un trámite que debes realizar para evitar problemas con tu prestación. Tendrás que comunicar el cambio de residencia dentro de los 10 días hábiles anteriores a la mudanza para que tu expediente se traslade a la nueva administración. Aunque conservarás el grado de dependencia reconocido, las ayudas económicas y los servicios que recibes pueden cambiar en tu nuevo lugar de residencia.
Qué ocurre con la ayuda de dependencia cuando te mudas a otra comunidad
El reconocimiento de la situación de dependencia tiene validez en todo el territorio español. Sin embargo, esto no significa que la persona beneficiaria conserve necesariamente el mismo servicio o la misma cuantía. La comunidad autónoma de destino debe revisar el Programa Individual de Atención (PIA) en un plazo máximo de 60 días naturales desde que conoce el traslado.
Durante ese periodo, la administración de origen mantiene el abono de las prestaciones económicas reconocidas. Si la persona recibía un servicio, este se suspende y se sustituye temporalmente por una prestación económica vinculada al servicio. El traslado también puede solicitarse cuando todavía está pendiente el reconocimiento de dependencia, aunque en ese supuesto no exista todavía una ayuda concedida.
Madrid debe comunicar el traslado al IMSERSO en cinco días hábiles
La normativa establece que la persona interesada debe informar del cambio de residencia a la administración de origen dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha efectiva del traslado, salvo causas justificadas. Si reside en Madrid, debe dirigir la comunicación a la Comunidad de Madrid, que dispone de cinco días hábiles desde su recepción para ponerla en conocimiento del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
El IMSERSO cuenta con otros cinco días hábiles para comunicar el cambio a la comunidad autónoma de destino. Posteriormente, esta administración debe informar a la persona beneficiaria de su situación en un máximo de 10 días hábiles desde que recibe la comunicación. Si el traslado se produce en sentido contrario, desde otra autonomía hacia Madrid, la solicitud debe iniciarse ante la administración de origen.
Cómo solicitar el traslado del expediente de dependencia desde Madrid
La Comunidad de Madrid mantiene abierto de forma permanente el procedimiento denominado Traslado del expediente de la situación de dependencia a otra comunidad autónoma, identificado con la referencia S17. El trámite es gratuito y puede realizarse por internet o presencialmente. Para presentarlo de forma electrónica es necesario acceder a la Cuenta Digital y utilizar un sistema de firma reconocido por la Administración madrileña.
La solicitud está dirigida tanto a quienes tienen un grado reconocido como a quienes se encuentran en alguna fase del procedimiento de reconocimiento. La sede indica que no es necesario adjuntar documentación inicialmente, aunque exige poder acreditar el traslado con algún justificante. Por ello, es aconsejable conservar la documentación del cambio de residencia. El formulario también puede descargarse y presentarse en los registros habilitados cuando se permite la tramitación presencial.
Cómo comprobar que el expediente se ha trasladado y qué hacer si hay problemas
Una vez presentada la solicitud, la Comunidad de Madrid notificará la resolución de traslado y enviará el expediente físico a la autonomía de destino. La sede fija un plazo máximo de resolución de cinco días hábiles y establece el carácter desestimatorio del silencio administrativo. La persona interesada puede seguir la solicitud desde el apartado Mis Gestiones de su Cuenta Digital. También puede consultar información relacionada con su expediente de dependencia a través de los servicios electrónicos disponibles.
Si no está conforme con la resolución, puede presentar una reclamación previa a la vía judicial social en el plazo de 30 días hábiles desde el día siguiente a su recepción. Para resolver dudas, la Comunidad de Madrid dispone del teléfono 012 y del 915 80 42 60 para llamadas desde fuera de la región. La información completa y el formulario están disponibles en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.