Así afectará a los madrileños la nueva Ley contra la Hiperregulación de Ayuso que cambiará algunos trámites

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Fecha de publicación: 9 de octubre de 2026 a las 17:00
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Isabel Díaz Ayuso durante el anuncio de la Ley contra la Hiperregulación de Madrid

La Comunidad de Madrid prepara una nueva norma para simplificar procedimientos administrativos, reducir plazos y facilitar las gestiones de ciudadanos y empresas.

Hacer un trámite, presentar los documentos y esperar a que la Administración los revise podría ser más ágil en Madrid. La nueva Ley contra la Hiperregulación permitirá que entidades privadas acreditadas puedan comprobar y validar documentación en determinados procedimientos, aunque no podrán tomar decisiones que correspondan a la Administración.

Qué trámites podrán gestionar las entidades privadas colaboradoras

El anteproyecto permite que estas entidades intervengan de dos maneras. A petición del ciudadano o empresa, podrán revisar, informar y validar la documentación que deba aportarse a un procedimiento. También podrán pronunciarse sobre si esos documentos son suficientes e idóneos. A petición de la propia Administración, podrán realizar tareas técnicas de verificación, control e inspección y elaborar informes sobre el cumplimiento de requisitos.

Eso no significa que cualquier ayuda, licencia, beca o autorización vaya a poder encargarse desde el primer día a una empresa privada. Los procedimientos se determinarán posteriormente mediante reglamento y cada consejería deberá publicar y mantener actualizada esa información en su sede electrónica. Esta futura relación convivirá con otros procesos de digitalización, como la Cuenta Digital para trámites de la Comunidad de Madrid.

Qué podrá hacer una entidad privada y qué seguirá decidiendo la Administración

Cuando el ciudadano recurra voluntariamente a una entidad colaboradora, esta podrá comprobar previamente sus documentos y emitir una certificación. Según el anteproyecto, esa certificación tendrá efectos en el procedimiento y la Administración considerará la documentación completa, suficiente y adecuada, salvo que detecte deficiencias que no puedan subsanarse.

La entidad privada no podrá asumir las potestades propias de la Comunidad de Madrid. Las verificaciones, inspecciones o controles que realice deberán limitarse a actuaciones técnicas, instrumentales, materiales o de apoyo. La Administración conservará las competencias que el ordenamiento reserva a los órganos públicos y mantendrá sus facultades de supervisión. Esta limitación aparece también aclarada en la memoria de impacto del anteproyecto.

Qué acreditación necesitarán y qué controles tendrán

Estas entidades deberán ser personas jurídicas y estar acreditadas conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020, o al estándar que corresponda, por ENAC o por otro organismo nacional de acreditación reconocido bajo el sistema europeo. Tendrán que mantener los requisitos que permitieron su habilitación, someterse al control del órgano competente, guardar confidencialidad, disponer de atención al público y contar con un sistema de reclamaciones. También deberán disponer de seguros que cubran los riesgos de su actividad y respetar las normas de protección de datos.

Madrid ya utiliza un modelo parecido en el ámbito urbanístico, aunque sus requisitos no pueden trasladarse automáticamente a todos los futuros sectores. Las entidades privadas colaboradoras urbanísticas deben estar acreditadas por ENAC y, entre otras condiciones, contar con un seguro de responsabilidad civil mínimo de un millón de euros. También se les exige personal técnico y jurídico con determinada experiencia. Actualmente, pueden colaborar en la comprobación de licencias y declaraciones responsables urbanísticas o en determinadas actuaciones de verificación e inspección.

El nuevo marco incorpora además un régimen sancionador. Emitir certificados falsos, actuar sin la acreditación exigible, obstaculizar la supervisión administrativa o vulnerar la protección de datos puede constituir una infracción. Las multas previstas oscilan entre 600 euros para las leves y 500.000 euros para las muy graves.

Cuándo notará el ciudadano una reducción de los plazos

Según informa la Comunidad de Madrid, la participación privada se plantea para agilizar procedimientos con elevada complejidad técnica o un volumen alto de trabajo administrativo. Sin embargo, el anteproyecto no fija una reducción general del 25%, 50% o cualquier otro porcentaje para los trámites que utilicen estas entidades. Tampoco establece en el marco general tarifas o precios que tendría que pagar un ciudadano si decide recurrir a sus servicios. Esos elementos dependerán del desarrollo sectorial posterior.

La reducción de los plazos a la mitad anunciada por el Gobierno regional corresponde a otra parte de la norma: los proyectos empresariales declarados de especial interés por la Aceleradora de Inversiones. Para estos expedientes sí se prevé una tramitación preferente y urgente con los plazos ordinarios reducidos un 50%. No debe confundirse esta medida con la participación de entidades privadas en trámites ordinarios de ciudadanos y empresas.

Tampoco habrá un cambio automático en las ventanillas cuando se apruebe la ley. El anteproyecto establece que la norma entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, pero la propia memoria aclara que esa entrada en vigor no activa por sí sola la intervención privada en procedimientos concretos. Antes habrá que determinar reglamentariamente dónde puede utilizarse este sistema.

Para quienes realizan gestiones por internet, seguirán siendo relevantes los sistemas habituales de identificación y la administración electrónica de Madrid. La Comunidad también desarrolla herramientas para digitalizar licencias y ayudas municipales, una línea distinta pero vinculada al mismo proceso de simplificación administrativa.

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Rafael Hidalgo

Redactor especializado en información sobre Seguridad Social, prestaciones, empleo y pensiones en España. Licenciado en Humanidades, cuenta con una amplia trayectoria en el análisis y divulgación de información normativa y de actualidad relacionada con el INSS, el SEPE, las ayudas públicas, las pensiones contributivas y no contributivas, así como sentencias laborales relevantes. En madridinforma.es se encarga de elaborar contenidos explicativos y de servicio dirigidos a trabajadores, autónomos, pensionistas y personas beneficiarias de prestaciones sociales, con especial atención a los cambios normativos y a su impacto real en los ciudadanos.