Los cambios en el alquiler que pueden afectar a miles de inquilinos de Madrid con las nuevas medidas del Gobierno

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Fecha de publicación: 30 de septiembre de 2026 a las 09:14
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Cartel de Se Alquila en un edificio de la calle de San Bernardo de Madrid

El Gobierno ha aprobado dos reales decretos ley que incluyen una prórroga de dos años para determinados contratos, protección frente a desahucios hasta 2030 y nuevas reglas para los alquileres de temporada. Las medidas todavía afrontan su tramitación parlamentaria.

El alquiler en Madrid lleva tiempo jugando con los nervios de cualquiera que tenga una fecha de vencimiento marcada en el contrato. Ahora el Gobierno ha movido ficha. Este 29 de septiembre ha aprobado dos reales decretos ley que plantean prórrogas extraordinarias, más protección frente a determinados desahucios y nuevas reglas para los contratos de temporada y por habitaciones. Son cambios con consecuencias directas para miles de inquilinos madrileños, aunque todavía queda una parada decisiva: su paso por el Congreso.

Los alquileres que terminen antes de 2029 podrán prorrogarse dos años

Una de las medidas con mayor impacto para Madrid es la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler que estén actualmente en vigor y finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. El Gobierno ha anunciado una extensión de dos años en las condiciones que establezca finalmente el real decreto.

La medida resulta especialmente relevante en la Comunidad de Madrid. Antes de aprobarse este nuevo paquete, las estimaciones difundidas por el Ministerio de Derechos Sociales situaban en 145.881 los contratos que vencían durante 2026 en la región, con unas 404.090 personas potencialmente afectadas. El encarecimiento estimado al tener que firmar un nuevo alquiler alcanzaba unos 2.042 euros anuales de media. Ese escenario había convertido la finalización de miles de alquileres en una de las principales preocupaciones del mercado madrileño.

La protección frente a determinados desahucios se ampliará hasta 2030

El primer decreto extiende hasta el 31 de diciembre de 2030 la suspensión de determinados procedimientos de desahucio y lanzamiento para personas que acrediten vulnerabilidad económica y no dispongan de alternativa habitacional. No significa que cualquier desahucio quede prohibido, sino que la protección se circunscribe a los supuestos y requisitos recogidos en la normativa.

Hasta ahora, la regulación vigente prolongaba esta suspensión únicamente hasta el 31 de diciembre de 2026 y establecía condiciones concretas para poder solicitarla ante el juzgado.

El nuevo texto también pretende reforzar la obligación de las administraciones autonómicas y municipales de ofrecer alternativas residenciales en estos casos. Su redacción definitiva será determinante para conocer cómo se articulan estas obligaciones y qué documentación tendrá que aportar cada afectado.

Los contratos de temporada tendrán que justificar que la necesidad es temporal

Otro cambio afecta a una modalidad especialmente importante en los grandes mercados urbanos. El Gobierno quiere impedir que un alquiler que funciona realmente como residencia habitual pueda formalizarse como contrato de temporada para evitar las garantías previstas para la vivienda permanente.

El arrendador tendrá que poder acreditar una causa que justifique la temporalidad. Además, el Ejecutivo ha anunciado que el encadenamiento de contratos temporales con una misma persona podrá llevar a que el arrendamiento sea considerado de vivienda habitual. Esto modifica el escenario descrito durante los últimos años, cuando el alquiler de temporada ganó peso como fórmula diferenciada del arrendamiento habitual.

La regulación también alcanzará al alquiler por habitaciones. Los detalles jurídicos son especialmente importantes en este punto, ya que las condiciones definitivas dependerán del texto publicado y de su posterior convalidación parlamentaria.

La renovación automática irá en un decreto distinto y afronta otra votación

El Gobierno ha separado en un segundo real decreto ley la renovación automática de los contratos de vivienda habitual, con determinadas salvaguardas. Esta fórmula busca que la continuidad del alquiler no dependa necesariamente de firmar un nuevo contrato cada vez que venza el anterior.

Los dos textos se votarán por separado, por lo que no necesariamente tendrán el mismo recorrido parlamentario. El Gobierno ha solicitado un pleno extraordinario para su convalidación y las fuentes consultadas sitúan esa votación el viernes 2 de octubre.

Hasta que finalice ese procedimiento, los inquilinos deben distinguir entre las medidas anunciadas por el Consejo de Ministros y aquellas que queden finalmente vigentes tras su publicación y paso por el Congreso.

El paquete incorpora además límites a determinadas actualizaciones de renta, incentivos fiscales para algunos inquilinos y propietarios y nuevas medidas sobre pisos turísticos. El alcance exacto de esas disposiciones deberá comprobarse en el texto normativo publicado.

Para más información, se pueden consultar las medidas aprobadas por el Gobierno en el Consejo de Ministros de 29 de septiembre de 2026.

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Rafael Hidalgo

Redactor especializado en información sobre Seguridad Social, prestaciones, empleo y pensiones en España. Licenciado en Humanidades, cuenta con una amplia trayectoria en el análisis y divulgación de información normativa y de actualidad relacionada con el INSS, el SEPE, las ayudas públicas, las pensiones contributivas y no contributivas, así como sentencias laborales relevantes. En madridinforma.es se encarga de elaborar contenidos explicativos y de servicio dirigidos a trabajadores, autónomos, pensionistas y personas beneficiarias de prestaciones sociales, con especial atención a los cambios normativos y a su impacto real en los ciudadanos.