La prestación está destinada a víctimas de violencia de género con bajos recursos y especiales dificultades para encontrar empleo.
Contar con pocos ingresos y tener dificultades para encontrar trabajo puede hacer todavía más complicado empezar de nuevo tras sufrir violencia de género. Para apoyar a las mujeres que se encuentran en esta situación, la Comunidad de Madrid mantiene abierta de forma permanente una ayuda económica de pago único. En 2026, pueden solicitarla quienes cumplan los requisitos y tengan rentas inferiores a 915,75 euros mensuales. El trámite no tiene fecha de cierre ni exige el pago de tasas.
Esta prestación busca ofrecer apoyo económico a mujeres que se encuentran en una situación especialmente vulnerable. En Madrid existen además otros recursos específicos, como los centros para mujeres víctimas de violencia, donde se presta atención y acompañamiento para favorecer su autonomía personal y laboral.
Estos son los requisitos para solicitar la ayuda en Madrid
El límite de 915,75 euros al mes es uno de los requisitos principales, pero no el único. La Comunidad de Madrid establece que la solicitante debe residir en cualquiera de los municipios de la región y disponer de un título vigente que acredite su situación de violencia de género.
También es necesario no haber recibido anteriormente esta misma ayuda. A ello se añade el requisito relacionado con el empleo. El Servicio Público de Empleo debe emitir un informe que acredite que la mujer presenta especiales dificultades para incorporarse al mercado laboral.
Para determinar el límite económico, se toma como referencia el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional correspondiente a dos pagas extraordinarias. La Administración especifica que para este cálculo se consideran 12 mensualidades y no 14. De ahí resulta el límite de 915,75 euros mensuales durante 2026.
Esto significa que los 915,75 euros no son la cantidad que recibe la beneficiaria. Se trata del máximo de renta mensual que puede tener para cumplir el requisito económico de acceso.
La ayuda forma parte de las medidas económicas previstas por la legislación estatal para las víctimas de violencia de género. También existen otras medidas relacionadas con la vivienda, como las ayudas al alquiler para víctimas anunciadas para facilitar que las afectadas puedan disponer de una alternativa residencial.
La cuantía cambia según la familia y el grado de discapacidad
La cantidad que puede recibir cada beneficiaria no es idéntica. El Real Decreto 1452/2005 publicado en el BOE establece diferentes importes tomando como referencia el subsidio por desempleo. Con carácter general, la ayuda equivale a seis meses de subsidio.
La cantidad aumenta cuando existen responsabilidades familiares. Con un familiar o menor acogido a cargo puede alcanzar el equivalente a 12 meses de subsidio. Si existen dos o más familiares o menores acogidos, puede llegar a 18 meses.
La discapacidad también modifica la cuantía. Una víctima con un grado reconocido igual o superior al 33% puede recibir el equivalente a 12 meses de subsidio aunque no tenga responsabilidades familiares. Dependiendo de su situación familiar, la referencia puede subir hasta 18 o 24 meses de subsidio.
Existen otros supuestos en los que la discapacidad afecta al importe. Por ejemplo, cuando la mujer tiene a su cargo familiares o menores acogidos con determinados grados de discapacidad. Madrid Informa recoge también otras ayudas por discapacidad que pueden resultar de interés para personas con un reconocimiento igual o superior al 33%.
La solicitud de esta prestación puede realizarse por Internet o de forma presencial. El trámite permanece abierto durante todo el año, por lo que no existe actualmente una fecha límite para presentar la petición. La concesión y el abono corresponden a la Administración competente y, cuando se reconoce el derecho, la cantidad se entrega mediante un único pago.
La ayuda está regulada por el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y por el Real Decreto 1452/2005, que desarrolla sus requisitos, cuantías y procedimiento.
